
La Justicia Federal de la Provincia de Córdoba sostuvo que es el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social la entidad que tiene la potestad de revocar la exención del tributo.-
El Juzgado Federal de Bell Ville hizo lugar a una acción contencioso administrativa contra AFIP-DGI en donde declaró nula la resolución administrativa dictada por la AFIP que revocaba de manera retroactiva el certificado de exención impositiva concedido a la Asociación Mutual Metropolitana en el Impuesto a las Ganancias.-
El Juez de grado sostuvo que es el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (que regula las mutuales) la entidad que tiene la potestad de revocar la exención del referido tributo.-
Nuestro estudio intervino en la causa promoviendo la demanda contencioso administrativa que fue receptada favorablemente por el Juzgado Federal de Bell Ville. Ahora la causa se encuentra tramitando la Apelación ante la Cámara Federal de Córdoba.-
En una instancia previa, la Asociación Mutual Metropolitana había obtenido una medida cautelar que le ordenaba a la AFIP abstenerse de ejecutar cualquier tipo de suma que se devengue como consecuencia del decaimiento del certificado de exención.-
Te dejamos a continuación el fallo.-
Medida Cautelar contra una obra social
La Justicia Federal de Rosario, ordenó a una obra social brindar tratamiento de inmunología contra un diagnóstico de Mesotelioma.-
Nuestro estudio intervino en la medida cautelar interpuesta contra JERARQUICOS SALUD, quien se negaba a brindar el tratamiento de inmunoterapia a la paciente que había sido diagnosticada con Mesotelioma.-
En el fallo la Juez Federal sostuvo que quien era el más apto para indicar el tratamiento era el médico tratante, no pudiendo la auditoría de la obra social indicar un tratamiento distinto al señalado por el galeno de confianza del paciente.-
A continuación te dejamos el fallo.-